Armería · Guía
Licencia de armas D y E: requisitos, examen y qué cambia con la reforma del Reglamento de Armas
La licencia de armas tipo D y E es el paso administrativo que separa tener ganas de cazar de poder hacerlo legalmente con arma propia. Muchos cazadores que empiezan confunden estos permisos con la licencia de caza autonómica, y otros llegan a la tienda con información de foros que ya no está vigente. Esta guía explica qué cubre cada licencia, qué requisitos se piden, cómo es el examen y en qué punto está la propuesta de reforma del Reglamento de Armas, con lo que vemos habitualmente en tienda al acompañar a clientes en su primer trámite.
Aviso importante: este artículo es orientativo y no sustituye la información oficial. Los requisitos, plazos y tasas pueden cambiar; confirma siempre la situación actual en la web oficial de la Guardia Civil (web.guardiacivil.es), en el apartado de armas, o en tu Intervención de Armas antes de iniciar el trámite.
1. Comparativa rápida: licencia D frente a licencia E
| Licencia D | Licencia E | |
|---|---|---|
| Qué armas ampara | Rifles de caza mayor (armas largas rayadas de percusión central) | Escopetas de caza, otras armas de ánima lisa y carabinas de calibre .22 de percusión anular, entre otras |
| Uso típico | Montería, batida, rececho y aguardo de caza mayor | Caza menor, tiro al plato y jabalí con cartucho de bala en escopeta |
| Número de armas | Limitado por el Reglamento vigente (consulta el máximo actualizado) | Limitado por el Reglamento vigente, con un máximo distinto al de la D |
| Examen | Prueba teórica y práctica | Prueba teórica y práctica |
| Perfil habitual | Cazador que ya tiene la E y da el salto a caza mayor con rifle | Cazador que empieza, normalmente con una escopeta |
Lo más habitual es empezar por la licencia E con una escopeta y sacar la D más adelante, cuando se quiere cazar con rifle. Pero no es obligatorio seguir ese orden, y hay cazadores que tramitan las dos a la vez.
2. Licencia de armas no es licencia de caza
Es la confusión que más vemos en tienda. Son dos documentos diferentes, que conceden administraciones diferentes y para fines diferentes:
- Licencia de armas (D, E): la concede la Guardia Civil a través de Intervención de Armas. Te autoriza a tener y usar un tipo concreto de arma. Tiene validez estatal.
- Licencia de caza: la expide cada comunidad autónoma. Te autoriza a cazar en su territorio, con arma o sin ella (por ejemplo, en cetrería o caza con perros). Si cazas en Andalucía, te explicamos el proceso en nuestra guía para sacar la licencia de caza en Andalucía; en otras comunidades el trámite es parecido pero no igual.
Para cazar con escopeta o rifle necesitas las dos, además del seguro obligatorio de responsabilidad civil del cazador y la guía de pertenencia de cada arma.
3. Qué cubre cada licencia
3.1 Licencia D: rifles de caza mayor
La licencia D ampara la tenencia y el uso de armas largas rayadas para caza mayor, es decir, los rifles con los que se caza jabalí, ciervo, gamo, corzo o muflón. El Reglamento de Armas fija un máximo de rifles por titular. Si vas a comprar tu primer rifle y dudas entre calibres, te lo explicamos en nuestra comparativa de calibres para caza mayor.
3.2 Licencia E: escopetas y otras armas
La licencia E cubre sobre todo las escopetas de caza y otras armas largas de ánima lisa, además de las carabinas de calibre .22 de percusión anular y algunas otras armas recogidas en el Reglamento. Es la licencia con la que empieza la mayoría de cazadores. También tiene un número máximo de armas por titular. Si todavía estás eligiendo, echa un vistazo a nuestra guía para elegir tu primera escopeta de caza.
4. Requisitos para obtener la licencia de armas tipo D y E
Los requisitos básicos son parecidos para las dos licencias. En líneas generales, a fecha de publicación:
4.1 Edad
Como regla general se exige ser mayor de edad. El Reglamento contempla autorizaciones especiales para menores en determinados supuestos y siempre con condiciones estrictas. Si es tu caso, consulta directamente en Intervención de Armas antes de dar ningún paso.
4.2 Informe de aptitud psicofísica
Debes aprobar un reconocimiento de aptitudes psicofísicas en un centro de reconocimiento autorizado, del mismo tipo que los que hacen los informes para el carné de conducir. El informe tiene un periodo de validez limitado, así que conviene no pedirlo con demasiada antelación. Se vuelve a pedir en cada renovación.
4.3 Antecedentes penales
No se puede tener antecedentes penales por delito doloso vigentes ni estar inhabilitado para tener armas. La Administración comprueba este requisito dentro del expediente. Además, la Guardia Civil puede valorar otros datos de conducta del solicitante.
4.4 Tasas
El trámite lleva una tasa que se paga con el impreso oficial de la Guardia Civil. El importe se actualiza periódicamente, por lo que te recomendamos consultar las tasas vigentes en la sede de la Guardia Civil antes de pagar. En la misma web puedes ver el procedimiento completo.
4.5 Documentación habitual
- DNI en vigor.
- Informe de aptitud psicofísica.
- Justificante del pago de la tasa.
- Certificado de haber aprobado la prueba de capacitación, si es tu primera licencia de ese tipo.
- Fotografías y cualquier otro documento que pida tu Intervención de Armas.
5. El examen: prueba teórica y prueba práctica
Para obtener por primera vez la licencia D o E hay que superar una prueba de capacitación organizada por la Guardia Civil. Tiene dos partes:
5.1 Prueba teórica
Es un test sobre la normativa de armas (tipos de licencia, guías, transporte, custodia), conocimiento de las armas y la munición, y seguridad. La Guardia Civil publica material de estudio y hay muchos cuestionarios de práctica. Lo que vemos en tienda es que quien suspende casi nunca falla en seguridad; falla en las preguntas de normativa pura, como plazos, documentos o categorías de armas.
5.2 Prueba práctica
Evalúa el manejo seguro del arma: carga y descarga, dirección del cañón, comprobar que el arma está descargada y, según el caso, tiro. Aquí pesa más la seguridad que la puntería. Un gesto inseguro, como apuntar hacia el examinador o hacia el público, puede costarte el suspenso aunque aciertes todos los tiros.
5.3 Plazo después de aprobar
Aprobar el examen no te da la licencia de forma automática. Tienes un plazo limitado para presentar la solicitud; como referencia, suele hablarse de seis meses. Confirma el plazo exacto en tu Intervención de Armas, porque si se pasa puede que tengas que examinarte otra vez.
6. El proceso en Intervención de Armas, paso a paso
- Infórmate en la fuente oficial: en web.guardiacivil.es encontrarás el procedimiento, las tasas y los modelos de impreso.
- Pide cita para el examen en la Intervención de Armas que te corresponda.
- Prepara la parte teórica con el temario oficial y cuestionarios de práctica.
- Hazte el reconocimiento psicofísico cerca de la fecha del examen para que no caduque.
- Examínate de la prueba teórica y la práctica.
- Presenta la solicitud con toda la documentación y el justificante de la tasa dentro del plazo.
- Recoge la licencia cuando te avisen de que está concedida.
- Compra el arma y tramita su guía de pertenencia. En tienda te ayudamos con la documentación de la compra.
7. Qué cambia con la reforma del Reglamento de Armas (en fase de consulta pública)
Aquí hay que ser prudentes. Entre febrero y marzo de 2026 el Ministerio del Interior abrió una consulta pública sobre una posible reforma del Reglamento de Armas. Según la información difundida entonces, la propuesta incluía, entre otras medidas:
- Unificar las licencias D y E en una sola licencia para armas de caza.
- Un curso de formación obligatorio antes del examen.
- Nuevos límites al número de rifles por titular.
A fecha de publicación de este artículo, la reforma está en fase de consulta pública y no ha sido aprobada. El texto final puede cambiar mucho o no llegar a aprobarse. Hasta que se publique oficialmente en el BOE, sigue vigente el sistema actual de licencias D y E con sus requisitos. Para seguir la tramitación, consulta la web del Ministerio del Interior (interior.gob.es).
Nuestro consejo práctico: si necesitas la licencia ahora, no esperes a la reforma. Tramítala con las normas actuales. Cuando haya un texto aprobado, lo normal es que incluya un régimen transitorio para quienes ya tienen licencia, aunque eso también habrá que confirmarlo cuando se publique.
8. Errores frecuentes al sacar la licencia de armas
Confundir la licencia de armas con la licencia de caza
Es el error número uno. Tener la licencia autonómica de caza no te permite comprar una escopeta, y tener la licencia E no te permite cazar sin la licencia de caza de la comunidad donde vayas a cazar.
Pedir el psicofísico demasiado pronto
El informe caduca. Si lo pides meses antes del examen y la cita se retrasa, tendrás que pagar otro reconocimiento.
Estudiar solo con cuestionarios de internet
Los test de práctica ayudan, pero muchos están desactualizados. Usa como base el material oficial de la Guardia Civil y úsalos solo para repasar.
Dar por hecha la reforma
En tienda vemos a gente que ha dejado de tramitar su licencia porque "ya van a juntar la D y la E". Mientras no haya un texto aprobado y publicado, esa información no sirve para planificar.
Olvidar la custodia del arma
Tener licencia implica guardar el arma y la munición en las condiciones que marca el Reglamento. Antes de comprar tu primer rifle, infórmate de qué exige la normativa en tu caso.
Preguntas frecuentes
¿Puedo sacar la licencia D sin tener la E?
Sí. Son licencias independientes y no hace falta tener la E para solicitar la D. Lo más habitual es empezar con la E, pero depende de la modalidad de caza que vayas a practicar.
¿Cuánto cuesta la licencia de armas tipo D y E?
El coste total incluye la tasa de la Guardia Civil, el reconocimiento psicofísico y, si te preparas con una academia, su matrícula. Las tasas cambian periódicamente, así que consulta las vigentes en la sede de la Guardia Civil antes de pagar.
¿Cuánto tiempo dura la licencia?
Las licencias D y E tienen un periodo de validez de varios años y se renuevan con un nuevo informe psicofísico. Confirma el periodo actual en la fuente oficial, porque puede depender de la edad del titular.
¿Qué pasa si suspendo el examen?
Puedes volver a presentarte. Pide nueva cita en tu Intervención de Armas y ten en cuenta que puede que tengas que pagar la tasa otra vez, según el caso.
¿La reforma del Reglamento de Armas ya está en vigor?
No. A fecha de publicación, la propuesta de reforma está en fase de consulta pública y no ha sido aprobada. El sistema vigente sigue siendo el de licencias D y E por separado.
¿Con la licencia E puedo usar una escopeta con bala para jabalí?
La escopeta con cartucho de bala está amparada por la licencia E y se usa mucho en batidas y esperas de jabalí. Para rifles de caza mayor necesitas la licencia D.
Cuando ya tengas la licencia, nuestras guías para elegir tu primera escopeta de caza y el calibre para caza mayor te ayudan con el siguiente paso.
¿Ya tienes la licencia y buscas tu primera arma?
Descubre nuestra selección de escopetas, rifles y accesorios de armería. Te asesoramos con la documentación de la compra y la guía de pertenencia.
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